Servicios.
Con relación a la prestación de Servicios, corresponde a esta Área de Gobierno, la gestión y control de los servicios municipales, se presten directamente, o de forma indirecta, en cualquiera de sus modalidades (abastecimiento, saneamiento, vertidos, recogida de residuos, limpieza de espacios y edificios públicos, jardines, cementerios, etc.). Así como su supervisión e inspección, incluidos los expedientes de imposición de penalidades para las empresas que presten servicios, sin perjuicio de las competencias que pudieran corresponder a otros órganos.
Otras competencias.
Corresponde a dicha área de gobierno, además,
- El embellecimiento y limpieza del entorno urbano y rural y playas.
- Tramitación y Resolución de expedientes relativos al mantenimiento y obras de conservación y reparación de las infraestructuras municipales.
- Organización y supervisión del parque de obras y servicios municipal.
- Vías públicas, Parques y Jardines.
- Supervisión y control de la limpieza en lugares públicos.
- Plan de conservación de fachadas y embellecimiento de barrios.
- La contratación menor en los términos de la Ley de Contratos del Sector Público en el ejercicio de las atribuciones delegadas.
- Campañas de desratización, desinfección y desinsectación.
- Cualquier otra función no expresamente atribuida, pero relacionada con el área.
- Con relación a los servicios mencionados, le corresponde dictar las resoluciones y autorizaciones que procedieran, así como las resoluciones, autorizaciones y liquidaciones con relación al uso de los Cementerios.
- El Control de los vertidos, los Planes de Vigilancia y Control, así como de las infraestructuras de saneamiento y depuración, especialmente el control y vigilancia de estos servicios que se presten de forma indirecta o convenida con otra Administración, a través de la suscripción de los oportunos convenios.
Medio Ambiente.
Esta área comprende:
- Toda actividad relacionada con las políticas que, dentro del marco competencial municipal, se refieran al cambio climático, transición energética, movilidad, etc. y colaboración con el órgano competente del Gobierno de Canarias, en el control de la calidad del aire y control integrado de la contaminación.
- La emisión de Informes en todos los planes supramunicipales, tales como los planes de prevención, directores, de políticas energéticas, medioambientales, etc.
- Las obligaciones derivadas de la Ley 6/2022, de 27de diciembre, de Cambio Climático y Transición Energética de Canarias.
- Las obligaciones derivadas de la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular. Las competencias para la recogida de residuos y limpieza corresponden al Área de Servicios.
- En particular, corresponderá dentro del ámbito de los residuos:
- Elaborar estrategias de economía circular y programas de prevención.
- Las campañas de retirada del amianto.
- Las derivadas del cumplimiento de las obligaciones impuestas en el Real Decreto 1055/2022, de 27 de diciembre, de envases y residuos de envases, o normativa que le sustituya en el futuro.
En particular, deberá incluirse dentro de los Planes y Programas de Prevención de Residuos Municipales, un capítulo específico sobre envases y sobre residuos de envases, así como la elaboración de normas y protocolos de alternativas a la venta y la distribución de bebidas de envases y vasos de un solo uso, para las obligaciones derivadas de dicha Ley respecto a los promotores de eventos festivos, culturales o deportivos, tanto las organizadas, apoyadas o patrocinadas por las Administraciones Públicas o entidades o personas privadas. Y, en general, el cumplimiento paulatino, conforme la cronología impuesta en dicho Real Decreto.
Para el apoyo e implantación de la materia medioambiental, se decretará la adscripción funcional del Técnico de Medio Ambiente, con independencia de la ubicación física de este personal.
Guía de Isora
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